Por: Nuria Corredor {mosimage}
En España el procedimiento de adopción nacional está regulado por el Código Civil y es común para todo el país, pero cada comunidad autónoma posee sus propios procedimientos administrativos. El proceso suele durar una media de cuatro años y es gratuito.
Para solicitar la adopción es imprescindible cumplir algunos requisitos:
Tener más de 25 años. En el caso de matrimonios o parejas de hecho, al menos uno de los cónyuges debe tener esa edad. La diferencia de edad entre los adoptantes y el adoptado no debe ser superior a 40 años, ni inferior a 14.
Trámites para solicitar una adopción:
Para comenzar, hay que acudir a la entidad encargada de protección de menores de la comunidad autónoma de residencia para participar en una sesión informativa en la que se explica en qué consiste la adopción. Después, se presenta una solicitud en el Servicio de Atención de Menores de la comunidad autónoma de residencia. En algunas comunidades no es posible presentar solicitudes para la adopción nacional, salvo en caso de adopciones especiales, más que en periodos en los que se abre esta posibilidad. A continuación, se inicia un proceso de valoración de idoneidad para el que se realiza un estudio social y psicológico de la familia (perfil, comportamiento, motivaciones para la adopción, salud física, vivienda, entorno, etc.).
El informe se eleva a la entidad de protección de menores para que resuelva sobre la idoneidad. Si la resolución es positiva, se obtiene el Certificado de Idoneidad y hay que inscribirse en el Registro de Adoptantes. El certificado de idoneidad es un requisito indispensable para continuar el proceso, pero no garantiza la adopción. Los futuros padres, una vez inscritos en el registro, deben aportar la documentación necesaria para la tramitación de la adopción y pasan a una lista de selección hasta que se les propone la asignación del menor. Esta fase puede durar varios años. Una vez asignado el menor, hay que firmar un documento de formalización de acogimiento, que implica una fase de acogimiento pre-adoptiva, y se inicia la convivencia con la familia. En esta fase, se hacen tareas de seguimiento para comprobar que la adaptación es correcta. Por último, si se supera la fase de acogimiento, se formalizan los trámites y si el juez dicta un auto positivo de adopción se consigue la adopción plena del menor.






Compartir este artículo en …