Coronavirus en el ámbito laboral: ¿cuáles son tus derechos como trabajador?
Con la expansión del coronavirus Covid-19 están surgiendo muchas dudas sobre cómo afecta este virus en diferentes ámbitos. Hablamos de qué repercusión tiene en el ámbito laboral, cuáles son los derechos y deberes como trabajador y qué puede o no hacer la empresa.
El aumento de casos del coronavirus ha llevado a las autoridades a tomar una serie de medidas necesarias para tratar de contener su expansión. Desde la suspensión de las clases presenciales en todos los niveles educativos en la Comunidad de Madrid, en Vitoria y Labastida, medida que también se ha hecho extensiva a los colegios de La Rioja, a otras medidas extraordinarias anunciadas hoy por la ministra de Hacienda y Portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, y el ministro de Sanidad Salvador Illa en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, entre las que destacan la suspensión de los viajes del IMSERSO, adoptar medidas de desinfección en metro, autobuses y tranvías en Madrid, prohibir los vuelos directos entre Italia y España y, en las zonas de transmisión significativa (Vitoria, Labastida y Comunidad de Madrid), suprimir los eventos de ocio y culturales que supongan un aforo superior a 1.000 personas. En los que tengan un aforo menor, ese aforo se reduce a un tercio.
En el ámbito laboral, se ha recomendado encarecidamente apostar siempre que sea posible por el teletrabajo, evitar desplazamientos y optar por reuniones mediante videoconferencia, para evitar que sean presenciales. Con respecto a qué derechos tiene el trabajador y qué puede o no hacer la empresa en esta situación surgen muchas inquietudes, por eso, tratamos de resolver algunas de ellas.
Informar a los trabajadores
Lo primero que debemos saber es que la empresa debe recordar a los trabajadores las medidas de protección individual recomendadas por el Ministerio de Sanidad, dando indicaciones a sus empleados y estos, a su vez, también deben velar por su seguridad y salud, cooperando con la empresa para que pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras.
Viajes a zonas de riesgo
Si el trabajador viaja a una zona de riesgo tiene la obligación de informar a la empresa: "si un trabajador omite esta información estará incumpliendo obligaciones en materia de prevención de riesgos y podrá ser sancionado disciplinariamente (según el artículo 29.3 de la LPRL)", afirma Pere Vidal, experto en derecho laboral y profesor colaborador de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC.
Del mismo modo, la empresa no puede obligar al trabajador a viajar a una zona de riesgo, ya que "los trabajadores tienen el derecho a interrumpir su actividad cuando esta entrañe riesgo grave e inminente para su vida o su salud", explica el experto, y la negativa del trabajador "se podrá considerar como el ejercicio legítimo del derecho de resistencia del trabajador y no como una desobediencia sancionable, nacida de una apreciación subjetiva", aclara.
¿Qué pasa con mi trabajo si me infecto?
Esta pregunta es la que se hacen muchos trabajadores ante la incertidumbre laboral que plantea contagiarse por el coronavirus. Es necesario tener presente que ante el contagio por esta infección, el trabajador está de baja laboral, por lo que ni puede ni debe trabajar.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha informado en rueda de prensa que todas las personas que estén en "aislamiento preventivo" por coronavirus serán consideradas como en "situación de incapacidad temporal asimilada a una baja laboral por accidente de trabajo".
Teletrabajo
Una de las medidas que han recomendado las autoridades tras la suspensión de las clases en los colegios de algunas zonas de España y como medida para contener la expansión del coronavirus es apostar por fórmulas de teletrabajo, flexibilización de horarios y turnos de trabajo siempre que sea posible con el objetivo de facilitar la conciliación familiar. Del mismo modo se ha recomendado hacer las reuniones por videoconferencia.
No en todos los puestos y cargos se puede recurrir a esta opción del teletrabajo y no son muy abundantes las empresas en las que esta vía laboral está bien asentada, por eso, será más fácil en aquellas que ya tenían políticas de teletrabajo implantadas: "España no es un país donde haya abundante teletrabajo sino que es uno de los países europeos con menor tasa de teletrabajo tanto ocasional como habitual", afirma Eva Rimbau, experta en teletrabajo y profesora de los Estudios de Economía y Empresa de la UOC. "Implantarlo en una empresa que no lo ha tenido nunca es muy difícil porque requiere políticas, tecnología y una calidad directiva que no improvisan" añade la experta, que advierte de que optar por implantar el teletrabajo de urgencia y de forma improvisada puede que no dé los resultados esperados y que se tenga la falsa percepción de que esta vía no funciona, cuando "lo que no funciona es el teletrabajo no planificado; lo que sería deseable es que, antes de que la situación sanitaria lleve a una llamada general a teletrabajar, se comience a planificar ya en todas las empresas para implantarlo con éxito". asegura la experta.
¿El teletrabajo puede ser obligatorio?
Desde el Gobierno están instando a recurrir y facilitar el teletrabajo en los casos en los que sea posible, pero ¿puede ser el teletrabajo una imposición? "La medida debe ser acordada entre trabajador y empresa, el teletrabajo no puede imponerlo la empresa ni se puede imponer por la vía del artículo 41 del Estatuto del trabajador ni por acuerdo colectivo ya que prestar los servicios desde el domicilio, en lugar de prestarlos desde el centro de trabajo, supone que una parte de la actividad laboral se realice sin vigilancia empresarial y esto no se puede imponer", explica Vidal.
¿Me pueden obligar a estar aislado?
Ante posibles síntomas, las autoridades han recomendado quedarse en casa y ponerse en contacto con las autoridades sanitarias para evitar contagios y debemos saber que, al tratarse de una medida preventiva, puede ser impuesta si así lo deciden las autoridades sanitarias, que pueden optar por el aislamiento preventivo: "estos trabajadores en aislamiento preventivo no están afectados por un accidente o una enfermedad, sino que están vigilados y recibiendo asistencia sanitaria con la finalidad de diagnosticar su estado y, por estas razones, se les impide acudir al trabajo", explica Vidal.