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Divorcio de mutuo acuerdo: ¿cuáles son sus ventajas?

Cuando una pareja se plantea la separación o el divorcio, caben dos posibilidades: hacerlo de mutuo acuerdo o por vía contenciosa. ¿Qué implica cada una de estas opciones y qué ventajas tiene que sea de mutuo acuerdo? Lo explicamos.

Cuando una pareja se plantea la separación o el divorcio, caben dos posibilidades: hacerlo de mutuo acuerdo o por vía contenciosa. La segunda opción parece ser en general la de iniciar una guerra. Los sentimientos están a flor de piel, todo está demasiado reciente, y podemos no ser objetivos a la hora de tomar decisiones. Una vez se ha tomado la decisión, es necesario dejarla reposar y no dejarse llevar por las emociones, y sopesar los pros de llegar a un acuerdo amistoso y adecuado para todos.

¿Cuáles son las ventajas del procedimiento de mutuo acuerdo? Son muchas, pero vamos a ver las principales:

  • Es un proceso más rápido: los plazos que se manejan en el procedimiento de mutuo acuerdo son más breves que en el contencioso. Si hay hijos, intervendrá el Ministerio Fiscal. Su papel es determinar si las medidas acordadas entre los cónyuges son adecuadas para los menores o mayores de edad incapacitados. Pero incluso en este caso, los cónyuges solamente deberán acudir al Juzgado a ratificar el convenio que hayan redactado. Si no hay hijos menores o mayores de edad incapacitados, se puede tramitar ante notario. Esta es sin duda la vía más rápida. Solamente será necesario aportar la documentación solicitada y fijar una cita con el notario.
  • Es menos doloroso: en el procedimiento judicial, salen a la luz todas las circunstancias que rodean a la familia, normalmente en forma de reproche. Muy a menudo deben comparecer los menores de edad, que no tienen la culpa de las decisiones de los más mayores. Se pasan nervios, noches en vela, preocupaciones varias… Y después de todo eso, podemos concluir con que no suele haber ganadores y vencidos, pues todos salen perdiendo en algo. Y no solo eso, en el procedimiento judicial, por falta de tiempo, las partes no pueden intervenir todo lo que desearían y quedan con una sensación de vacío, de no haber podido explicar realmente su postura. En un procedimiento de mutuo acuerdo, podemos concertar todas las sesiones que sean necesarias, con intervención de un abogado o un mediador, para que expresen sus sentimientos, preocupaciones y sensaciones, y el porqué de sus posiciones. Esto permite conocer en profundidad las peticiones de ambos, darles su tiempo y verbalizar sus posturas.
  • Se elimina la incertidumbre: son los cónyuges los que deciden, los que “inventan” sus acuerdos. Nadie mejor que ellos conocen a su familia y lo que es mejor para todos los miembros. El juez es un tercero con un profundo conocimiento jurídico, pero no conoce las circunstancias concretas de cada familia, ni tampoco tiene el tiempo suficiente para analizarlas. Para tomar una decisión, se basa en las cifras y datos que los abogados damos, pero nada más. En un acuerdo no hay sorpresas, sabemos de antemano cuál será el contenido del mismo.
  • Existe mayor posibilidad de cumplimiento de acuerdos: al ser ellos los que redactan, los que crean esa nueva realidad, es más fácil que se cumplan, evitando así procedimientos posteriores. Cuando el conflicto se enquista, surge un sentimiento perenne de injusticia, y los ex cónyuges entran en una espiral de reproches y rencor de la que puede resultar complicado salir, más aún cuando todo, absolutamente todo, se judicializa. Y además, pensad que siempre es más fácil cumplir lo que acordamos que aquello que nos imponen.
  • Es más económico: al ser menos las intervenciones ante el Tribunal, los costes también suelen ser menores. Incluso pueden actuar solamente representados por un abogado y un procurador, lo que sin duda resulta más beneficioso para ambos.

En conclusión: antes de iniciar un procedimiento contencioso, es necesario sopesar los pros y los contras, valorar las “bajas” de la batalla y en base a ello, decidir si realmente merece la pena iniciar la lucha o es mejor hacer las cosas de manera amistosa.

Artículo ofrecido por Pilar Vilella Llop, abogada especializada en Derecho de Familia en Vilella y Asociados.

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