Deducción por maternidad en la declaración de la renta: casillas, requisitos y cómo hacerlo

Resolvemos, en formato pregunta respuesta, todas tus dudas acerca de la deducción por maternidad en la declaración de la Renta 2024, cuya campaña de presentación arrancó el 3 de abril y finaliza el 1 de junio.
Deducción de los gastos escolares en la Declaración de la Renta

Desde el 3 de abril y hasta el día 1 de junio es el período para presentar por Internet las declaraciones de Renta y Patrimonio correspondientes al año 2024. En tu declaración puedes incluir una de las ayudas con las que cuentan las madres trabajadoras que es la deducción por maternidad. Te contamos cómo hacerlo.

Con la información publicada en la web de de la Agencia Tributaria y el asesoramiento de Javier Fernández, Fiscalista del Departamento Tributario del despacho de abogados de  dPG Legal, hemos elaborado este artículo para que aclarar en qué consiste la deducción por maternidad  que pueden solicitar las madres trabajadoras por nacimiento de hijo.

Te contamos en qué consiste, los requisitos necesarios para solicitarla, así como las casillas qué hay que marcar en el documento de la declaración de la renta  y otras cuestiones relacionadas con la deducción por maternidad.

La deducción por maternidad, tal y como explica la Agencia Tributaria aquí, “es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015 y el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil, a partir de la declaración de 2018”. A continuación, respondemos en formato pregunta y respuesta a las dudas más habituales en torno a esta deducción.

¿Quién tiene derecho a solicitar la deducción por maternidad?

La deducción por maternidad, tal y como explica la Agencia Tributaria aquí, “es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015 y el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil, a partir de la declaración de 2018”. 

Este beneficio fiscal corresponde a todas las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes. Esto es, que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación del sistema de protección de desempleo o que estén dadas de altas en la Seguridad Social o mutualidad. O bien, que en cualquier momento después del nacimiento del hijo estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad con un mínimo de 30 días cotizados.

Siempre y cuando cumplan alguna de los requisitos anteriores, la Agencia Tributaria contempla tres supuestos excepcionales donde la deducción por maternidad aplica a otra persona que no sea la madre del menor: cuando ambos progenitores son del mismo sexo; en caso de fallecimiento de la madre, la deducción aplica al padre o tutor; y cuando el padre o tutor y no la madre tiene atribuida la guarda y custodia del menos de forma exclusiva.

Declaración de la renta

¿Qué hijos dan derecho a la deducción?

La Agencia Tributaria también regula qué hijos dan derecho a la aplicación de la deducción por maternidad en la declaración de la Renta.

Además de los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento y hasta el mes anterior al que cumplen los tres años, la deducción por maternidad aplica en otros dos casos más.

Por un lado, los hijos adoptados y los menores en acogimiento, ya sea en régimen permanente, preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia preadoptiva. En este caso, la deducción aplica durante los tres siguientes años a la fecha de inscripción en el Registro Civil con independencia de la edad del menor. “Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare”, apunta la Agencia Tributaria.

Por otro lado, con los menores en régimen de tutela, durante el tiempo que reste hasta que cumpla el menor tutelado los tres años de edad.

Foto Istock

¿Qué requisitos son necesarios para solicitarla?

Javier Fernández, Fiscalista del Departamento Tributario de dPG Legal explica a Ser Padres que podrán solicitarlo las mujeres que cumplan en el periodo impositivo en el que nazca su hijo en cualquiera estos  tres supuestos:

  • a) en el momento del nacimiento estén en situación de desempleo
  • b) en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen de seguridad social que les corresponda
  • c) en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en la Seguridad Social durante al menos 30 días

¿Cómo se incluye la deducción por maternidad en la declaración?

El abogado de DPG Legal expone que para añadir la deducción por maternidad en la declaración, "hay que incluir en el apartado de "Información personal" el nombre del hijo, su fecha de nacimiento y el tipo de vinculación (hijo común a ambos cónyuges...)".

Casillas 611,612,613

La deducción por maternidad en la declaración de la renta se refleja marcando la casilla 611. La segunda opción para solicitarla, como luego explicamos en otro punto, es solicitar el anticipo de la misma, algo que se debe hacer presentando el modelo 140.

Por su parte, el incremento de la deducción por gastos de custodia se puede solicitar únicamente a través de la declaración. En concreto, marcando la casilla 613. Será el centro educativo quien presente la declaración informativa en Hacienda mediante el modelo 233 para acreditar el gasto sobre el que se reclama la subvención.

Javier Fernández apunta que "normalmente, la deducción aparece en los datos fiscales y la Agencia Tributaria nos pregunta si queremos incorporar o no esos datos. Marcamos la casilla "SÍ". 

"En caso de no aparecer, debes acceder a la casilla de deducción por maternidad incluyendo en cada uno de los meses el importe cotizado una vez nacido el hijo", aclara el fiscalista del departamento tributario de DPG Legal.

¿Cuál es el importe de la deducción por maternidad?

"Se podrá deducir hasta un máximo de 1.200€ y se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo que se cumplan los requisitos siempre que ninguno de los progenitores perciba en esos meses, por el hijo nacido, el ingreso mínimo vital", responde el experto de DPG Legal.

La Agencia Tributaria aclara que si una persona se da de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento del menor, en el mes en el que esta persona cumpla el período mínimo exigido de 30 días cotizados, “la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 euros”.

Comienza el plazo para presentar la declaración de la renta

¿Aplica la deducción en declaraciones de la renta positivas?

A nivel económico, un detalle reseñable de la deducción por maternidad es que se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva, lo cual significa que el resultado de la declaración es a pagar, como si es negativa o a coste cero. Es decir, da igual el resultado de la declaración porque la deducción, si se cumplen los requisitos, aplica en todos los casos.

Estos son los distintos escenarios que aplican a la deducción por maternidad, que se puede hacer efectiva presentando la declaración de IRPF, en función del resultado económico de la declaración:

  • Si tu cuota es positiva resta de ésta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia.
  • Si tu cuota diferencial es cero o negativa solicita la devolución que resulta de tu declaración.
  • O bien solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, explica la Agencia Tributaria, “no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no te olvides de declararlo”.
Declaración de la renta

¿Se puede pedir el abono anticipado de la deducción?

La Agencia Tributaria explica que puedes solicitar el abono anticipado del importe que corresponda a la deducción por maternidad sin incluir el incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Si ya cobrabas el abono anticipado no tienes que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo: si cumples los nuevos requisitos establecidos para esta deducción lo seguirás cobrando.

El abono anticipado se sigue percibiendo hasta que el menor cumpla los tres años, aunque dejes de estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad o de percibir la prestación contributiva o asistencial de desempleo.

Para solicitar el abono anticipado (deberás indicar tu NIF y, si lo tuvieran, el de los hijos que incluyas en la solicitud) hay que presentar el modelo 140. Este mismo modelo hay que presentarlo en los siguientes casos:

  • Comunicar variaciones que afectan al cobro anticipado o al incumplimiento de algún requisito necesario para la percepción. El plazo de presentación, en estos casos, es de 15 días naturales desde que se producen esas situaciones.
  • Cuando el abono anticipado que has recibido es mayor que el importe de la deducción a la que tienes derecho tendrás que regularizar esta situación:
  • Si estás obligado a declarar, en la declaración del IRPF del ejercicio en el que has percibido el abono indebido.
  • Si no estás obligado a declarar, será la Agencia Tributaria la que procederá a efectuar la regularización que corresponda ya que dispone de los datos necesarios.

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