Ser Padres

Cómo se hace la inscripción del recién nacido en el hospital

Los hospitales públicos (y se pretende que también lo hagan los privados) se están adaptando para poder realizar la inscripción del recién nacido en el Registro Civil. ¿quieres saber cómo se hace?

De esta manera, se acaba con las colas de espera en el Registro. Muchos padres recordarán que, como los plazos son tan cortos -desde las 24 horas del nacimiento a 8 días después-, estaban obligados a andar con prisas, y si el papá, por lo que fuera, no podía hacerlo, para la mamá era bastante incómodo tener que ir hasta el Registro cuando aún estaba convaleciente.

“La ley permite que el hospital comunique al Registro Civil los datos de los bebés que nacen en el centro, excepto para algunos casos, como padres menores de edad, progenitores fallecidos o sin documento acreditativo, que obligan a personarse ante el encargado del Registro Civil, como se ha hecho siempre”, explica Ángeles Escribano, responsable de la Unidad de Admisión en el Hospital Universitario de Getafe. 

Para tramitar la inscrioción desde el hospital, los padres solo tienen que aportar:

  • su DNI
  • el certificado de nacimiento que proporciona el hospital
  •  el libro de familia si están casados (si no lo están deberán firmar los dos el impreso de solicitud) 

El plazo para hacerlo es de 72 horas. Pasado ese tiempo, habrá que ir al Registro.

El hospital envía al Registro Civil los papeles necesarios por internet, de forma segura y con acuse de recibo. Y después éste, una vez que los revisa, realiza la inscripción del nacimiento y expide una “certificación literal electrónica de la inscripción” que puede descargarse en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, lo que se comunica a los padres por correo electrónico o por carta (si no dan un correo).

Después, si quieren solicitar el Libro de Familia debenpersonarse en el Registro, aunque este documento tiene los días contados. Dejará de expedirse a partir de 2017.

Baja por maternidad, pide cita en el INSS cuanto antes

En la web Tu Seguridad Social se puede solicitar también cita previa en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), para gestionar la baja por maternidad (16 semanas) y paternidad (13 días que se suman a los 2 días por nacimiento de hijo).

En ambos casos hay que llevar el el Libro de Familia, el DNI y un certificado de empresa y rellenar la solicitud y un impreso de domiciliación bancaria. El padre además debe llevar la última nómina

Si la madre cede parte del descanso al otro progenitor debe cumplimentar otra solicitud.

En algunas localidades, la cita en el INSS se retrasa más de un mes, lo que para muchas familias supone un trastorno económico. Conviene reservar algo de dinero antes del nacimiento para hacer frente a esta situación, y pedir la cita cuanto antes, en cuanto nazca el bebé.

Si se está cobrando prestación por desempleo, es necesario dirigirse a la oficina del INEM y pedir que suspendan la prestación mientras dure la baja por maternidad y/o paternidad.

¿Hay que empadronarle?

En muchas ciudades ya no es necesario acudir al Ayuntamiento para dar de alta al bebé en el padrón municipal porque ésta se hace de oficio, con la información recibida del Registro Civil. El certificado sí es necesario para solicitar el Título de  Familia Numerosa. 

La ayuda por “Deducción por madre trabajadora”, por la que se reciben 100€ mensuales hasta que el niño cumple tres años, puede solicitarse en el teléfono 901 200 345, proporcionando el valor de una de las casillas de la última declaración de la renta.

tracking