El Institut Català de l’Acolliment i de l’Adopció (ICAA) ha paralizado el proceso de adopción de un niño que solo ha vivido con su familia de acogida de urgencia, desde que nació y hasta los tres años que tiene en la actualidad. La familia de acogida desea adoptar definitivamente al menor, razón por la que había llevado el caso a la justicia. Explicamos qué es el acogimiento de urgencia y este caso concreto que tiene lugar en Cataluña.
Existen diferencias entre la adopción y el acogimiento, que nos ocupa en esta pieza. Dentro de la figura del acogimiento familiar, que es una medida de protección por la cual una familia o persona asume las obligaciones de velar por una persona menor de edad durante un tiempo limitado, existe el denominado acogimiento familiar de urgencia. Esta persona es, casi siempre menor de seis años, pero las instituciones dejan la puerta abierta a casos, ocasionales, de niños y niñas mayores de seis años.
Este tipo de acogimiento tiene una duración máxima de seis meses, si bien hay matices entre las normativas de cada comunidad autónoma. En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, en esta modalidad de acogida “transcurrido el plazo máximo no será posible acordar una prórroga del acogimiento de urgencia”. En Cataluña, donde se ha producido el caso viral del que han informado La Vanguardia y, en segunda instancia, EFE, es que finaliza el período de acogimiento de urgencia cuando el equipo técnico finaliza el estudio del caso y elabora una propuesta “más adecuada”. Así se lee en la Guía Sobre Acogimiento Familiar del Institut Català de l’Acolliment i de l’Adopció.
En cualquier caso, el objetivo del acogimiento de urgencia siempre es el mismo: “determinar las circunstancias que permitan decidir la medida de protección más adecuada para personas, principalmente, menores de seis años”, explica la Generalitat Valenciana. Los menores pueden estar atendidos en un entorno familiar mientras los técnicos estiman la mejor solución para el caso.
A veces, puede ser el regreso con la familia biológica, para lo que no hay límites de plazo marcados por la ley, y en otras ocasiones es una adopción a una familia que haya seguido los trámites adecuados para ello. En otros casos, se lleva a los menores a un centro en el que son atendidos por la administración, si no es posible encontrar una solución de adopción definitiva.

Lo ocurrido en el caso concreto del niño de tres años de Cataluña es poco habitual porque el plazo de la acogida de urgencia se ha alargado hasta los tres años, ya que el menor fue acogido, según la información de La Vanguardia, a los once días de vida. Por lo tanto, no conoce otro hogar ni otra familia que no sea la de acogida de urgencia.
Transcurrido ese tiempo, la administración informó a la familia, que ya había acogido de urgencia a otros siete menores, por lo que conocían perfectamente la dinámica, que había abierto el proceso de adopción definitiva del menor por parte de otra familia. Pero, por las circunstancias especiales del caso, la familia de acogida desea adoptar definitivamente al niño, de ahí que recurriera a la justicia para solicitar la paralización del proceso de adopción y que empezara el suyo, con el objetivo de que el niño pudiera ser adoptado definitivamente por ellos.
La familia de acogida de urgencia del menor denunciaba en el citado periódico que la decisión de la administración se había tomado “sin velar por su interés y bienestar, cuando esto tendría que ser la primera prioridad”. Y por ello acudieron a la justicia. Sin embargo, antes de obtener un dictamen a su demanda, el Institut Català de l’Acolliment i de l’Adopció (ICAA) ha paralizado el proceso de adopción del niño y ha iniciado una ronda de contactos con la familia de acogida de urgencia del menor para intentar buscar la mejor decisión posible para el menor teniendo en cuenta la voluntad de la familia de acogida de urgencia de formalizar la adopción del niño.
En las próximas semanas se volverán a reunir la administración y la familia de acogida de urgencia de este niño de 3 años protagonista de una situación excepcional en España, por lo menos a nivel público, que puede ser un precedente de cara a futuros casos de acogidas de urgencia.