Dos años después, los colegios siguen sin aplicar de forma plena la figura del coordinador de bienestar infantil

UNICEF España alerta: dos años después de su creación, el coordinador de bienestar en los colegios aún no se ha implantado de forma plena en ninguna comunidad autónoma.
Fachada de un colegio con niños y niñas accediendo al patio y a las aulas.
Alumnado entrando al colegio en un ambiente de convivencia y protección. Midjourney-RG

Dos años después de que todos los colegios de España estén obligados a contar con un coordinador de bienestar y protección, la realidad dista mucho de lo previsto por la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI). Queda mucho camino hasta la implantación total de una figura clave en el engranaje de los centros escolares que es obligatoria desde el curso 2022-23.

Según el nuevo informe de UNICEF España, Los centros educativos como garantes del bienestar y la protección, ninguna comunidad autónoma ha completado aún la implantación de esta figura, que nació con el objetivo de reforzar la prevención y la detección precoz de problemas de salud mental y violencia en las aulas.

La organización denuncia una gran disparidad entre territorios: solo dos comunidades han definido plenamente las funciones del cargo, ocho han regulado cierta liberación horaria y únicamente tres establecen un mínimo de cinco horas semanales para el desempeño. En más del 80% de las regiones, además, los docentes que asumen la coordinación carecen de formación específica.

Para UNICEF, esta falta de definición, recursos y tiempo amenaza con convertir al coordinador en una figura meramente simbólica, lo que pondría en riesgo el bienestar y la protección de miles de niños y adolescentes en nuestro país.

Patio cubierto de un colegio con varios niños pequeños jugando y caminando.
Niños y niñas disfrutan de un espacio escolar seguro y colorido al aire libre. Midjourney-RG

El papel del coordinador de bienestar

El papel del coordinador es fundamental porque actúa como enlace entre el centro, los servicios sociales y los sanitarios. Según UNICEF, una dotación adecuada de recursos —23 horas semanales por cada 1.000 alumnos— permitiría prevenir y detectar precozmente problemas de salud mental, acoso o situaciones de violencia.

Para la infancia y la adolescencia, contar con un referente claro en el colegio significa disponer de un adulto de confianza, capaz de escuchar, detectar señales tempranas de malestar y activar apoyos. En un contexto en el que 4 de cada 10 adolescentes en España dicen haber tenido problemas de salud mental en el último año, y en el que el acoso escolar afecta al 9,4% del alumnado, esta figura puede marcar la diferencia.

En clave educativa y familiar, el coordinador puede reforzar el trabajo conjunto con padres y madres, abrir espacios de diálogo en los colegios y favorecer la creación de entornos más seguros e inclusivos.

qué tienen que aprender los niños de seguridad vial
Un niño con su mochila, yendo al colegio - Imagen: Midjourney / PF

Quién puede ser coordinador de bienestar

La Ley Orgánica 8/2021, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), establece en su artículo 35 que todos los centros educativos deberán contar con una persona responsable de bienestar y protección del alumnado.

Según la norma, el coordinador de bienestar y protección debe ser un miembro del equipo docente del centro. Estas son algunas de las funciones de esta figura que también tiene que existir en empresas que trabajan con la infancia. Por ejemplo, las que llevan el comedor de algunos colegios o los clubes deportivos.

  • Promover planes y protocolos de protección contra la violencia.
  • Impulsar medidas de prevención y detección precoz de situaciones de riesgo.
  • Actuar como referente para el alumnado en casos de violencia, acoso escolar o problemas de bienestar emocional.
  • Coordinarse con los servicios sociales y sanitarios, así como con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuando sea necesario.
  • Formar parte de la comisión de convivencia del centro educativo.
Niños en la puerta del colegio
Dos niños en la puerta de su colegio. - Imagen: Midjourney / PF

La LOPIVI también señala que este cargo debe tener formación específica en protección de la infancia, garantizada por las administraciones educativas.

Referencias

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