Diez curiosidades sobre los nombres y apellidos en España que también afectan a tu bebé

El marco legal que regula los nombres propios y apellidos en España esconde numerosas curiosidades, muchas de ellas no tan conocidas por quienes van a tener un bebé.
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En España existe una normativa legal vigente en lo que respecta a la regulación de los nombres propios y de los apellidos. Dicho marco legal esconde algunas curiosidades, no siempre conocidas por todo el mundo, que afectan al nombre y apellidos de los bebés.

En concreto, es la ley del 8 de junio de 1957 la que regula los nombres propios en España, pero se han ido produciendo actualizaciones posteriores que han ido adaptando el marco legal al contexto social actual.

Estas son diez curiosidades que quizá no sepas sobre los nombres y apellidos que afectan a todos los bebés y niños pequeños.

No pueden llamarse igual dos hermanos

La ley establece que dos hermanos no pueden llamarse igual, ni siquiera con el mismo nombre traducido a otra lengua. Es decir, no puedes tener dos hijos que se llamen John y Juan respectivamente, a excepción de que el mayor haya fallecido antes de registrar al segundo. Además, tampoco pueden ponerse nombres muy parecidos, como Anna y Anne.

Limitación de los nombres compuestos

En España, de un tiempo a esta parte, no puedes poner un nombre eterno a tu hijo o hija. Se acabó lo del “de Todos Los Santos”, por ejemplo. Máximo se pueden poner nombres compuestos por dos. María José, Juan Carlos, José Luis, etcétera. Pero nada de añadir un tercer nombre simple, está prohibido. 

Diminutivos sí, pero depende

Diminutivos sí, pero depende. Ya es habitual escuchar nombres como Kike, Lola, Chelo, Pepe, Paco, Dani o Goyo. Son los conocidos como hipocorísticos; esto es, nombres que son diminutivos de otros. No hace tanto tiempo que estos nombres no podían elegirse en el registro, pero ya sí están permitidos. Eso sí, hay casos concretos que se prohíben, como fue el caso viral de los padres que querían llamar Lobo a su hijo. No todo es aceptado.

Cambio de orden de apellidos sí, pero no en el segundo hijo

 Los progenitores, si hay dos, son quienes eligen el orden de los apellidos de su hijo al registrarlo, pero solo en el caso del primer retoño. Después, en el Registro Civil se mantendrá el mismo orden para todos los hijos o hijas de esa pareja. Solo podrá ser modificado el orden a petición del hijo o hija que lo desee cuando cumpla la mayoría de edad. Y en ningún caso afectará entonces a los apellidos de sus hermanos y hermanas.

En los casos en los que solo hay un progenitor, se inscribe al bebé con los dos nombres de la madre o del padre en el orden en el que elija.

¿Y si no hay acuerdo? La ley contempla el caso de que los progenitores no se pongan de acuerdo en el orden de los apellidos. Ya hace tiempo que no hay prioridad del apellido del padre, por lo que es el encargado del Registro Civil el que indica el orden de los mismos en este supuesto.

Apellidos combinados

El marco legal vigente contempla la posibilidad de combinar los apellidos de los progenitores, formando así un primer apellido compuesto. Esta medida se utiliza sobre todo cuando hay riesgo de que un apellido se pierda o cuando los dos son muy comunes. Esto es posible desde el año 2019.

La excepción del “de”

Se puede solicitar que se coloque un “de” delante de un apellido cuando esté se puede confundir con un nombre propio. Ocurre mucho con apellidos que también son nombres como es el caso de Juan, que se sustituye por de Juan.

Bebé sonriendo - Istock

Los apellidos no se pueden elegir como nombre

Aunque sea tu deseo, no puedes llamar Martínez o García a un bebé en España. Está prohibido usar apellidos como nombres para evitar problemas en la identificación de dicha persona. Hay excepciones como Martín, pero esto es porque es tan popular como nombre que como apellido.

Por qué dos apellidos

La décima y última curiosidad no podía ser otra que el motivo por el cual España es el único país de Europa con dos apellidos registrados. Se cree que la costumbre es medieval y se localiza en Castilla su origen, pero no fue hasta el año 1899 cuando se acabó estableció en el Primer Código Civil. En Europa hay movimientos recientes para que los progenitores puedan poner dos apellidos a sus bebés, como ocurre en Francia o Italia, y en Suecia tiene prioridad el de la madre, pero a nivel legal esta de los dos apellidos es una curiosidad que distingue a España del resto de Europa. 

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