Gestación subrogada: qué es y cuál es la situación actual en España
La abogada María Luisa Bautista explica cuál es el contexto legal de la gestación subrogada en España.
La gestación subrogada o por sustitución es el proceso que define la técnica reproductiva también conocida a nivel popular como maternidad subrogada o vientre de alquiler. Se trata de “un método de reproducción asistida caracterizado porque la mujer que gesta al bebé no será finalmente la madre del mismo”, tal y como explican desde la revista médica Reproducción Asistida ORG. Ser Padres ha consultado con el despacho María Luisa Bautista Abogados, especialistas en maternidad subrogada, para conocer de mano de una experta cuál es la situación de esta cuestión en España.
En España, la gestación subrogada está prohibida por la Ley 14/2006. Nada ha cambiado en este sentido en los últimos años, tal y como explica la abogada María Luisa Bautista: “La gestación subrogada en España es ilegal. Nunca se ha legalizado pero una cosa es lo que dice el derecho, y otra los hechos, que son muy testarudos. Y por eso hay muchos hijos provenientes de gestación subrogada en España”, asegura.
Ninguno de estos niños y niñas ha nacido en nuestro país, sino que lo han hecho en los países que sí autorizan legalmente la gestación subrogada. Es el caso de Ucrania, Georgia y Rusia, donde solo está permitida si los padres del menor son una pareja heterosexual, o Estados Unidos, Canadá o México, donde la gestación subrogada tiene un carácter “global”, ya que se permite con todo tipo de familias, “también monoparentales”, indice María Luisa Bautista.
La abogada aclara, además, que en muchos países tiene un coste el proceso, pero cita a Israel y Canadá como dos ejemplos de países donde la mujer gestante es voluntaria.
Cómo vienen los menores nacidos por gestación subrogada a España
Hay dos caminos para poder traer a un menor nacido fruto de la técnica reproductiva de la gestación subrogada a España de manera legal.
El primer camino, expone María Luisa Bautista, se da cuando los menores vienen de países con una sentencia firme, como ocurre con Estados Unidos. “Una sentencia firme dice que las personas correspondientes son padres del menor nacido por gestación subrogada, y en este caso se puede acudir en España a una figura legal que se denomina exequatur”, indica. Este es un procedimiento legal que permite a los tribunales españoles reconocer y homologar sentencias de otros países.
El segundo camino es el de presentar una demanda de filiación. “En España, todo menor nacido por gestación subrogada no puede ser inscrito por registros españoles como de nacionalidad española. Ningún consulado ni embajada puede hacerlo”, apunta María Luisa Bautista. “Podrán venir con un pasaporte del país de origen, generalmente con un visado de corta estancia”, añade.
Es cuando los menores ya están en España cuando se debe presentar la demanda de filiación, “el único camino si no hay sentencia firme en el país de origen”, dice Bautista. La abogada explica que estas demandas, en las que está especializado su bufete, se presentan en los Juzgados de Primera Instancia, y es necesario aportar documentación detallada. “Certificación de matrimonio, actas notariales de países de origen que no sea Estados Unidos y una prueba de ADN”, dice. Esta última es clave para que la demanda fructifique: “Los juzgados en España solo van a filiar a un menor si hay una prueba de ADN”, recalca María Luisa Bautista.
Si la sentencia es favorable a la familia, entonces se puede llevar al registro civil y solicitar el DNI al menor nacido por gestación subrogada.
¿Y si el menor es de un familiar?
Si el menor nacido por gestación subrogada ha sido concebido por un familiar o familiares que no son la madre o el padre (por ejemplo, es la abuela quien desea ejercer de madre del menor), el único camino legal es solicitar un permiso de residencia para el menor. “En estos casos, la prueba de ADN no es concluyente, de manera que no se va a aceptar”, asegura María Luisa Bautista.
Por este motivo, la familia debe esperar a que pasen dos o tres años para poder abrir el expediente del menor para solicitar el permiso de residencia permanente en nuestro país.