El convenio laboral era el documento en el que debían constar las condiciones de cada empresa para que sus trabajadores y trabajadoras disfrutarán del conocido como permiso de lactancia, que no puede repartirse entre la madre y el padre. Aunque no se pueda repartir, ya no tienes que estar a expensas de lo que digan el convenio y la empresa si quieres disfrutarlo en días completos de trabajo. Esto se acabó en España desde que apareció publicado en el BOE el nuevo real decreto que permite a las mujeres y hombres disfrutar, en función de los condicionantes, de hasta 28 días de lactancia en jornadas completas de trabajo, sin dividir las horas.
"Hoy publica el BOE una de las grandes mejoras que aprobamos ayer. Desde hoy, las madres y padres podrán disfrutar de 28 días de lactancia sin necesidad de que su convenio lo recoja", publicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, cuando entró en vigor hace unos días la nueva norma que afecta a millones de mujeres y hombres en toda España. A los que no les afecta ya, les afectará en el futuro.
El Real Decreto-ley 2/2024, publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 22 de mayo, recoge esta nueva modificación del permiso de lactancia, que ya está en vigor. Desde ese momento, ya no es necesario que el convenio colectivo aplicable al trabajador refleje este derecho, ni tampoco es necesario llegar a un acuerdo con la empresa en cuestión. Ahora es un derecho adquirido en nuestro país, de manera que la empresa no puede negarse ni imponer sus condiciones. Ni con las mujeres ni con los hombres, porque recuerda que los padres también derecho al permiso de lactancia incluso si la madre trabaja.

Este derecho a disfrutar de las horas de lactancia en jornadas completas hace que algunas personas puedan llegar a tener hasta 28 días completos de permiso de lactancia. ¿Por qué? Porque a los 14 días, como tope, a los que da derecho el nacimiento de un menor se suman otros 14 días en el caso de los partos múltiples. De ahí que al comienzo del texto matizáramos que la duración del permiso depende de las características de cada caso.
Para calcular tu permiso de lactancia, debes saber que lo habitual es disfrutar entre 12 y 14 días en el caso de papás y mamás con trabajos a tiempo completo. Si eres trabajador o trabajadora a tiempo parcial, el cálculo es distinto porque se divide el número total de días laborables que faltan hasta que cumpla el recién nacido los 9 meses entre las horas de trabajo de la jornada laboral, que en estos casos suele ser de 4, 5 o 6 horas.

Para no liarte ni complicarte la vida a la hora de hacer el cálculo de lo que te corresponde en horas de lactancia, recuerda que tienes derecho a una hora al día hasta que el bebé cumple 9 meses —antes era una hora o dos permisos de media hora—. Si te reincorporas de la baja de maternidad, suma desde ese día cuántos días laborales restan hasta que cumpla dicha edad y divide la cifra entre las horas de tu jornada.
El resultado será equivalente a los días de permiso de lactancia que puedes disfrutar en jornadas completas de trabajo diga lo que diga la empresa. Si tú quieres disfrutar de tus horas de lactancia así, en jornadas completas, la ley te ampara. No tienes que pedir permiso, solo informar de tus intenciones.