La nueva Ley de Familias impulsada por el ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y aprobada recientemente en segunda lectura por el Consejo de Ministros incluye tres permisos especiales hasta ahora no contemplados por la normativa vigente. Uno de ellos es el permiso parental de ocho semanas, que en principio iba a ser no retribuido, pero que finalmente sí será retribuido porque así lo requiere la Unión Europea.
En esta pieza te contamos, desde un punto de vista subjetivo y personal, por qué el permiso de cuatro días (divisible por horas) por cuidado de un hijo o familiar directo en caso de un motivo de urgencia o inesperado, una de las novedades de la Ley de Familias, va a suponer un impacto muy reseñable en las familias con niños pequeños. Pero no es menos destacable el que puede tener el permiso retribuido de ocho semanas por maternidad/paternidad.
En la actualidad, las personas trabajadoras en España tienen derecho a dieciséis semanas de permiso retribuido por maternidad y paternidad. Está igualado en el caso de los hombres y de las mujeres. Este permiso especial de ocho semanas no elimina ni se sobrepone al de dieciséis semanas, intocable en la nueva Ley de Familias. Lo que hace es complementar a este, de manera que el permiso por maternidad/paternidad ascenderá a 24 semanas.

Hasta los ochos años de edad
Será un permiso que se pueda disfrutar de forma continua o discontinua con una fecha tope: hasta que el menor cumpla los ochos años de edad. Como decíamos, en origen iba a ser no retribuido, pero hace unos días, el secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, confirmó que este permiso parental de ocho semanas es un compromiso que atienda a una directiva de la Unión Europea. “Es una obligación que deriva de la norma europea, de la directiva de la Unión Europea y es una obligación que naturalmente tiene que ser retribuida", expuso.
Al igual que todavía no hay fecha para la aprobación definitiva y entrada en vigor de la ley, pero deberá ser antes de agosto del 2024 porque así lo establece la directiva europea citada por el secretario de Estado de Empleo y Economía Social. Hay que tener en cuenta en este sentido que la ley, una vez aprobada por vía de urgencia en el Congreso de los Diputados, entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado).
Tampoco hay confirmación de los términos en los que este permiso parental de ocho semanas será retribuido. Está por definir, o al menos por hacer público por parte del equipo de Gobierno, en qué porcentaje será retribuido.

Quiénes pueden disfrutarlo
Lo que sí se sabe, porque está reflejado en el texto legal aprobado en Consejo de Ministros, es qué personas podrán disfrutar del permiso de ocho semanas.
La Ley de Familias establece que podrán solicitarlo todas las personas trabajadoras, tanto mujeres como hombres, que tengan a su cargo un menor por tiempo superior a un año. La norma incluye no solo a los hijos, también a los menores de acogida. Y especifica el máximo de los ochos años del menor como tope para disfrutar del permiso.
Este último detalle es un matiz que diferencia este permiso de ocho semanas del permiso paternal vigente en España de dieciséis semanas. Y es que este se puede disfrutar únicamente hasta que el menor cumple un año de vida. Como sabes, las seis primeras semanas se deben disfrutar de forma ininterrumpida a raíz del parto o adopción, y las otras diez semanas se pueden disfrutar a los largo del primer año, de manera que no es necesario que se disfruten de forma continuada las dieciséis semanas de permiso.
Junto a este permiso de ocho semanas retribuido hasta los ocho años de edad del menor y el citado permiso de cuatro días por motivos de urgencia o inesperados, la nueva Ley de Familias contempla un tercer permiso novedoso. Se trata de un permiso de cinco días para el cuidado de un cónyuge, con viviente o pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguineidad, por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización pero que requiera reposo domiciliario.