El martes 28 de marzo se aprobó en el Consejo de Ministros la nueva Ley de Familias, impulsada por el ministerio de Derechos Sociales, encabezado por la ministra Ione Belarra. Se trata de una ley novedosa y ambiciosa que es necesario conocer por si alguno de los supuestos que contempla se ajusta a nuestras necesidades familiares.
¿Qué es la ley de familias?
El texto de esta nueva ley, fue evaluado por el Consejo de Estado y ha sido algo polémico ya que elimina la nomenclatura habitual de familia numerosa.
Además, una vez aprobado este texto dista en algunos puntos de la propuesta inicial, como en el también polémico ‘pin parental’ que sí se suprimía en el anterior texto y no en el ya aprobado.
Esta nueva ley contempla también entre sus novedades, toda una serie de ayudas y becas que hasta ahora no se habían concretado y que pueden solicitar las familias que cumplan los requisitos exigidos.

Los tipos de familia con la nueva ley
Hasta ahora nos movíamos en dos tipos de familia tradicionalmente, las familias numerosas y las familias nucleares.
La nueva ley de familia publicada en el BOE, quiere cubrir las necesidades de las nuevas realidades en las que vivimos las familias, las distintas concepciones y formas de organizarnos y por eso se han definido más de una quincena de nuevos tipos de familia con la nueva ley ya en vigor.
- Familia biparental
- Familia monoparental / monomarental
- Familia joven
- Familia LGTBI homomarental / homoparental
- Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza
- Familia múltiple
- Familia reconstituida
- Familia inmigrante
- Familia retornada
- Familia en el exterior
- Familia transnacional
- Familia intercultural
- Familia en situación de vulnerabilidad
- Personas unidas en matrimonio
- Personas solas
- Pareja de hecho
Beneficios y ayudas con la nueva ley de familias
Uno de los aspectos más celebrados que contempla la ley desde el texto inicial es la ‘renta crianza’: una ayuda a la que podrán acogerse las familias con niños menores de tres años de edad a cargo.
Se contempla como una prestación de 100 euros mensuales por cada menor de tres años que ya entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023.
Los requisitos para poder acceder a ella han sido criticados por el Consejo de Estado, pues se cree que no podrá beneficiar a muchas familias (aunque las estimaciones del Ministerio de Servicios Sociales aseguran que beneficiará a alrededor de 250.000 familias).
A esta nueva renta de crianza, hay que sumarle un nuevo derecho que recoge esta ley y que tienen todos los trabajadores, que es el de disponer de cinco días al año retribuidos para el cuidado de convivientes o familiares de hasta segundo grado de consanguineidad.

Familias monoparentales
En la nueva ley de familia queda claro que entendemos por familia monoparental o monomarental, aquella formada por una única persona progenitora con hijas o hijos a su cargo. Siempre que esa persona sea la única sustentadora de ese núcleo familiar.
Siguiendo esas directrices, pueden recibir las ayudas que marca la ley de familia aquellas:
- Madres que estén recibiendo la prestación por desempleo, contributiva o no
- Madres que tengan un empleo a tiempo parcial o completo
- Familias monoparentales por estar uno de los progenitores ingresado más de un año o ingresado en prisión
- Madre o padre que tenga la custodia completa de un hijo menor de tres años
- Familias con dos progenitores del mismo sexo
¿Qué pasa con las familias numerosas con la nueva ley de familias?
Que pasan a tener una mayor protección aunque a partir de la puesta en vigor de esta ambiciosa ley, las familias numerosas pasan a denominarse ‘familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’.
Estas son, de acuerdo al texto:
- Hogares con más a tres hijos (se elimina el término de ‘familias numerosas’)
- Familias con un progenitor o hijo con discapacidad
- Familias monoparentales con dos hijos o más
- Familias con tres hijos por parto múltiple (antes eran cuatro)
- Familias con tres hijos y bajos ingresos
Todos estos supuestos podrán beneficiarse de las ayudas que hasta ahora se reservaban a las familias numerosas. Entre ellas, facilidades para recibir una beca, reducción de tasas o bonificaciones en el transporte público, por ejemplo.
Los permisos con la nueva ley de familias
Los permisos retribuidos también han sido modificados con esta nueva ley. En concreto, incluye tres nuevos:
- Cuidado de cinco días al año retribuidos para atender a un familiar de hasta segundo grado o conviviente (enfermedades graves, hospitalización o intervención quirúrgica)
- Permiso parental de ocho semanas que se podrá disfrutar de forma continuada o intermitente hasta que el niño cumpla ocho años
- Permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata (eso sí, este se podrá disfrutar por horas)
