Con la intención de asegurar una adecuada gestión de los recursos humanos y al mismo tiempo, garantizar el derecho de las mujeres de esta comunidad autónoma, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) va a poner en marcha un registro donde podrán inscribirse todos aquellos profesionales sanitarios que quieran objetar, por motivos de conciencia, a participar en la interrupción voluntaria del embarazo, independientemente de los motivos que lleven a la toma de esta decisión por parte de la mujer embarazada.
Se trata de un proyecto de orden que ya está siendo redactado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, después de haber recibido las aportaciones de las organizaciones y entidades involucradas en este tema.

Interrupción voluntaria del embarazo
La actual ley de interrupción voluntaria del embarazo se aprobó en el año 2010 y se reformó en el 2023. Este nuevo marco legal señala que la interrupción voluntaria del embarazo está permitida en nuestro país dentro de las primeras 14 semanas de gestación y siempre que la mujer sea previamente informada de sus derechos y de las ayudas públicas a las que puede optar si decide llevar el embarazo a término y decantarse por la maternidad.
Sin embargo y a pesar de que la legislación al respecto busca amparar en la sanidad pública a las mujeres, en España más del 80% de las interrupciones voluntarias del embarazo que se llevan a cabo, se practican en clínicas privadas.
Según los datos del Ministerio de Sanidad, en Andalucía en el año 2023, se llevaron a cabo 19.474 interrupciones voluntarias del embarazo. Los médicos y los centros sanitarios donde se llevan a cabo estas intervenciones, están obligados a notificarlas al Ministerio de Sanidad para evitar posibles problemas epidemiológicos, como señalan desde la propia web del ministerio.
En Andalucía hay 16 centros, 15 de ellos privados, en los que se realizan intervenciones voluntarias del embarazo siempre a partir de los supuestos que marca la ley. Es decir, la mayoría de las mujeres se ven obligadas a acudir a uno de los 15 centros privados y a conocer de primera mano cuánto cuesta un aborto en España.

Motivos para objetar
En este nuevo registro sólo se incluirá al personal que interviene de manera directa en la intervención voluntaria del embarazo, hablamos de médicos especialistas en ginecología y obstetricia, anestesiología y reanimación, medicina familiar y comunitaria, enfermeros y enfermeras y por supuesto matronas.
Los profesionales sanitarios andaluces se podrán acoger a dos supuestos a la hora de alegar objeción de conciencia ante una interrupción voluntaria del embarazo por parte de una mujer. En un primer supuesto, podrá oponerse a participar “en cualquier tipo de interrupción voluntaria del embarazo, independientemente de las circunstancias” en las que se haya producido ese embarazo o que esté viviendo esa mujer.
Y en un segundo supuesto, el profesional sanitario se podrá oponer a participar “en algunos de los supuestos recogidos por la ley” que permite a la mujer decidir sobre su cuerpo y su vida. Los supuesto en los que el profesional sanitario andaluz podrá objetar de manera parcial son, según este nuevo registro que se está elaborando:
- una interrupción voluntaria del embarazo a petición de la mujer dentro de las primeras semanas de gestación
- una IVE (interrupción voluntaria del embarazo) por causas médicas que muestren un riesgo grave para la vida o la salud de la mujer, hasta las 22 semanas de gestación
- una IVE por causas médicas que muestren un riesgo de graves anomalías en el feto, hasta las 22 semanas de gestación
- una IVE por causas médicas que señalen anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad fetal extremadamente grave e incurable para el feto.
