Sabemos que en España todavía queda mucho camino por recorrer en lo que a conciliación familiar se refiere. Las políticas todavía no velan por ella al 100%, pero es cierto que el camino sigue su recorrido sin parar.

La Unión Europea ha obligado a nuestro país (y a todos los países miembros) a adaptar sus leyes a la conciliación del os trabajadores según las normas impuestas por ellas. Y en este contexto se ha aprobado en España la nueva Ley de Familias, que trae consigo algunos permisos que los padres llevaban esperando durante mucho tiempo. Permisos como el retribuido de ocho semanas que se podrá disfrutar como se quiera durante los ocho primeros años de vida del niño.
Además de él, hay otro permiso aún más esperado: el permiso retribuido de cuatro días por imprevistos. Un permiso especialmente pensado y diseñado para atender a algún familiar que requiera atención inmediata y que los trabajadores podrán disfrutar por horas.
¿En qué consiste el permiso parental de cuatro días?
“Este permiso está pensado para cuando, por ejemplo, te llamen del colegio porque el niño o la niña se ha puesto enfermo”, aseguraba hace unos meses la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra.
En concreto, este nuevo permiso consiste en cuatro días año que se podrán disfrutar de manera continua o discontinua (se podrá disfrutar por horas) y que será retribuido. Una muy buena noticia para los padres que tienen que verse obligados a coger vacaciones o días de asuntos propios en el trabajo si sus hijos se ponen enfermos de la noche a la mañana, o, incluso, si sufren algún accidente y caída que precisa de atención urgente.
Tal y como rezará, previsiblemente, en el artículo 9 de la nueva Ley de Familia, quedará así: “La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata”. Y, además, oficializa la retribución de este permiso: “Tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año”.
¿Cómo pedir el permiso de cuatro días por imprevistos?
El permiso retribuido de cuatro días todavía no se puede disfrutar porque la nueva Ley de Familia no se ha publicado en el BOE. Eso sí, requerirá ser incluido en el convenio colectivo de la empresa o bien de un acuerdo entre empresa y Comité.

Lo que ya sabemos es que para poder disfrutarlo, el trabajador por cuenta ajena necesitará entregar a la empresa un justificante alegando el motivo de su ausencia.
O sea, al contrario de lo que ocurre con el permiso de ocho semanas, para este no será necesario hacer ningún trámite online: tan solo se hará previo contrato entre empresa y trabajador.