Se trata de una sentencia del Tribunal Supremo que afecta a trabajadores públicos, la situación del resto de trabajadores está aún en el Tribunal Constitucional a falta de resolverse los distintos recursos presentados. Buscando la igualdad y el interés del menor por encima de cualquier otro supuesto, esta sentencia viene a amparar a los niños y niñas que nacen en familias monoparentales.
Para la magistrada Pilar Teso, quien fue la ponente de esta esperada sentencia, el tipo de familia no puede suponer una discriminación o una injusticia para el menor.
Y es porque en las familias biparentales, los menores cuentan con el cuidado de sus progenitores durante 26 semanas, mientras que en las monoparentales ese periodo se reduce a 16 semanas por ser solo un adulto el que podía disponer del permiso de maternidad y paternidad. Hasta ahora.
El tipo de familia no puede suponer una discriminación de este calibre, el haber nacido en una familia monoparental no implica tener derecho a menos tiempo de cuidado, de atención ni de protección familiar, según explica esta sentencia del Tribunal Supremo.

Una nueva ley para paliar una injusticia
El Tribunal Supremo dictamina con esta nueva norma que el único progenitor existente en una familia monoparental, podrá disfrutar la prestación por nacimiento y cuidado del menor que habría correspondido al otro progenitor de haber existido. Hasta ahora solo se permitía doblar la baja de maternidad en una familia monoparental cuando se producía el fallecimiento de la madre.
Ahora, con esta nueva ley, el Tribunal Supremo quiere subrayar y proteger los derechos del menor evitando de este modo la discriminación que hasta ahora se estaba produciendo vinculada al tipo de familia en la que nacía el menor y dejando claro que “en todo caso, lo que está en juego es la igualdad entre los menores recién nacidos, evitando la aparición de cualquier forma de discriminación por razón de nacimiento y por cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Familias monoparentales
Los datos que maneja el Instituto Nacional de Estadística muestran una realidad sobre las familias monoparentales en nuestro país. Por un lado, que estamos hablando de que en España hay casi dos millones de niños y niñas que viven en familias en las que solo hay un progenitor a su cuidado, con unas necesidades en la mayoría de los casos, que se multiplican con respecto a las familias en las que existen dos progenitores.
Por otro lado, los datos muestran que en el 81% de los casos, esas familias monoparentales deben ser reconocidas como monomarentales, ya que quien cría en solitario es en su enorme mayoría mujeres.
La Ley de Familias que está a la espera de ser aprobada por el parlamento, también contempla que las familias monoparentales o monomarentales, puedan doblar sumar las bajas de paternidad y maternidad para cuidar del menor, tal y como se ha señalado en esta sentencia del Tribunal Supremo que afecta a los trabajadores públicos.
