El nuevo permiso de lactancia, regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, permite a los progenitores disfrutar de una hora diaria o dos fracciones durante la jornada laboral, una reducción de media hora diaria al inicio o final de la jornada, o acumular la hora diaria en jornadas completas, explica Jesús Pascual López, director del departamento jurídico laboral del despacho de abogados dPG Legal.
Con este permiso de lactancia se pueden disfrutar hasta un total de 28 días: "La reforma clave es la posibilidad de acumular este permiso en jornadas completas a elección del trabajador, sin necesidad de que esté contemplada en el Convenio Colectivo o acuerdo con la empresa", apunta este experto.
¿Qué principales novedades introduce?
La novedad más destacada es la flexibilización en la forma de disfrute del permiso, permitiendo la acumulación de horas en jornadas completas según decida el trabajador.
"Además, esta modificación busca mejorar la conciliación de la vida familiar y laboral y contrarrestar las desventajas de las mujeres en el mercado laboral, promoviendo la igualdad de género en las responsabilidades de cuidado", explica Pascual López.

El permiso de lactancia modificado entró en vigor el 21 de diciembre de 2023. El abogado confirma que los trabajadores pueden solicitarlo a la empresa por escrito, con un preaviso de 15 días, indicando las fechas de inicio y finalización del permiso.: "En caso de optar por la lactancia acumulada o la reducción de jornada, esto debe especificarse en la solicitud", puntualiza.
Por ultimo, el experto de dPG Legal considera importante destacar que el permiso de lactancia es un derecho tanto de los trabajadores hombres como mujeres, y ambos pueden solicitarlo si trabajan. "En situaciones de partos, adopciones o acogimientos múltiples, el permiso se incrementa proporcionalmente al número de hijos".
Asimismo, el permiso de lactancia disfrutado a tiempo parcial se computa como si fuera a jornada completa, asegurando la ausencia de discriminación.
"Ante cualquier negativa de la empresa a conceder este permiso, los trabajadores pueden presentar una demanda ante los Juzgados lo Social", advierte el experto.
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