No te plantees poner estos nombres a tus hijos porque en España están prohibidos

No todo vale, hay una serie de nombres que por ley no vas a poder poner a tu hijo y conviene que los tengas en cuenta cuando te pases por el Registro Civil.
Manos de bebé

Durante años hemos oído hablar de alguien a quien sus padres llamaron “Kevin Costner de Jesús” en los años en los que el actor norteamericano no dejaba de aparecer en distintas películas. A día de hoy, lo más probable es que fuera un fake y si no lo fue, lo que sí es cierto es que hoy sería imposible.

La legislación española es de las más permisivas en cuanto a registrar el nombre de los niños cuando nacen pero tiene unos límites que conviene conocer.

Nombres que no vas a poder poner a tu bebé

¿Qué nombres están prohibidos en España?

Nombres ofensivos

Los primeros son todos aquellos que lleven una connotación negativa implícita ya que pueden perjudicar de manera objetiva a la persona e incluso atentar contra su dignidad.

Por tener esa connotación o porque pueden ser claro objeto de burla cruel está prohibido llamar a los niños Hitler, Osama Bin Laden, Engendro o Caca, por citar solo tres ejemplos de los muchos que se nos pueden ocurrir.

Nombres iguales

No te van a permitir en el Registro Civil que le pongas a uno de tus hijos el nombre de su hermano y no importa si es una traducción en otra lengua, si es el mismo nombre no está permitido elegirlo.

Por ejemplo, no vas a poder llamar a tu primer hijo Juan y a otro hijo Joan.

Solo se permite si el hijo anterior ha fallecido, según dice el artículo 51 de la ley del Registro Civil español.

Nombres de más de dos nombres

Los nombres compuestos son muy tradicionales en la historia de nuestro país, millones de mujeres en España se llamaban y se llaman de primer nombre María aunque muchas no lo usemos habitualmente.

No hay ningún problema en registrar un nombre compuesto por dos nombres, lo que no vas a poder es registrar un nombre compuesto por más de dos nombres. Eso la ley no lo permite desde su última renovación.

Ni apellidos, ni marcas, ni países, ni frutas,...

Los nombres son nombres y no puedes poner a tu hijo tu apellido como nombre. Como tampoco ponerle ningún otro apellido, como era de esperar.

No permitirán en el registro que tu hijo tenga el nombre de una marca comercial ni el nombre seguido del apellido de algún famoso por muy aficionado que seas al fútbol, a la música, al tenis o al cine.

No se pueden poner nombres que hagan confusa la identificación de la persona, según explica la ley así que tampoco podrás ponerle el nombre de una fruta o de un país o de una ciudad.

Nada de acrónimos o diminutivos

De momento no vas a poder inscribir en el registro civil a tu hija con el nombre de Lola o Lolita, ya que ambos son diminutivos y tampoco van a admitir como válido un nombre que hayas creado a partir de abreviaturas o sílabas, algo que se hace mucho con las empresas y los negocios pero que al menos de momento, no está permitido hacer al registrar a un niño o una niña.

¿Y por qué conviene que tengas todo esto en mente? Pues porque según la ley, cuando vayas a registrar a tu bebé, si el nombre que propones está dentro de alguno de estos parámetros y es rechazado por el Registro Civil, tienes un plazo de tres días para proponer una alternativa a ese nombre.

Si por lo que sea pasan esos tres días y no has encontrado el nombre perfecto puedes dejar de buscar porque será el Ministerio de Justicia quien escogerá el nombre para el niño o la niña.

Qué nombre estás pensando poner a tu bebé?

TAMBIÉN LEE:

Recomendamos en