Cómo desgravar los gastos de guardería en la declaración de la renta y requisitos

Hay un gasto que prácticamente todas las familias se pueden desgravar en la declaración de la renta: los gastos de guardería, pero ¿cómo hay que hacerlo exactamente? Aquí está el paso a paso.
gastos de guardería

Estamos inmersos en plena campaña de la declaración de la renta y son muchas las dudas que afectan a muchas familias. Todos los padres se preguntan qué gastos pueden desgravarse este año, pues las novedades no paran de aparecer.

Sin duda, la desgravación más famosa es la de los gastos de guardería. Uno de los beneficios fiscales por tener hijos o hijas del que se benefician año tras año muchas familias.

¿En qué consiste la deducción de los gastos de guardería?

Según lo explica la propia Agencia Tributaria, se trata de una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015 y el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil, a partir de la declaración de 2018. Y esta deducción se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar), como si es negativa (tu renta es a devolver), como si es cero.

¿Quién tiene derecho a la deducción por gastos de guardería?

De acuerdo a la información ofrecida en la web de la Agencia Tributaria, este beneficio fiscal está dirigido a madres o padres con hijos menores de tres años que pagan guarderías o centros de educación infantil

En concreto, lo explica así: “Las cantidades pagadas por la preinscripción, la matrícula, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación”. Siempre con un límite máximo de 1000 euros por hijo menor de tres años.

Además, para poder desgravarse este gasto, deberán cumplirse dos requisitos:

  • Que los gastos correspondan a meses completos
  • No se pueden tener en cuenta los rendimiento del trabajo en especie exentos

¿Y qué pasa si el niño cumple los tres años en el periodo impositivo? En este caso también será posible desgravarse los gastos. Eso sí, solo los que hayan tenido lugar antes de que cumpliese esa edad (al menos, hasta el mes anterior), tal y como informa la Agencia Tributaria

¿Cómo desgravar la guardería en la declaración de la renta?

Vamos con lo importante: el paso a paso para poder desgravarse estos gastos. Es bastante sencillo:

  • Lo primero que debes tener en cuenta es que es necesario obtener el certificado de guardería, solicitándolo directamente al centro. Debe acreditar esos gastos que se han tenido durante el año fiscal que se está declarando
  • También será necesario descargarse el formulario 233 de la Agencia Tributaria, donde incluirás esos gastos
  • Una vez rellenado el formulario, será necesario adjuntarlo junto al certificado de gastos
  • Por último, presenta la declaración de la renta incluyendo esos gastos

Cheque guardería y deducción: ¿es lo mismo?

No, no es lo mismo, son distintas opciones a las que se pueden acceder indistintamente.

El popular “cheque guardería” es una ayuda disponible en la mayoría de las comunidades autónomas para cubrir los gastos derivados de la escolarización de los niños en el primer ciclo de Educación Infantil.

A este hay que añadir un segundo tipo de "cheque guardería" que no está en manos del padre o de la madre, sino que es la empresa la que lo ofrece a sus empleados.

Y por último está la deducción que es una ayuda destinada a cubrir las cantidades satisfechas por meses completos tanto a guarderías como a escuelas infantiles, tanto públicas como privadas.

Cómo se calcula la deducción por gastos de guardería

La deducción máxima a la que se puede optar es de 1.000 euros anuales que se prorratean en 12 meses, por lo que se puede aplicar cada mes un máximo de 83,33 euros.

Para calcular la deducción, se toman los meses en los que los gastos se hayan efectuado por mes completo, incluso cuando parte de los mismos hayan sido no lectivos por periodos de vacaciones como son la Semana Santa o las Navidades.

declaracion de la renta - Getty Images

Desgravación autonómica de los gastos de guardería en la declaración de la renta

Además del beneficio fiscal que ofrece la Agencia Tributaria de manera general, son muchas las comunidades autónomas en las que también se pueden desgravar los gastos de guardería.

Y, sí, te los puedes desgravar independientemente de que te acojas a la deducción antes descrita. Eso sí, esto, recuerda, estará en la parte autonómica y dependerá de la comunidad en la que tributes.

Veamos cuáles son los beneficios fiscales sobre los gastos de guardería que ofrece cada comunidad:

  • Aragón: aquí, las familias se pueden desgravar hasta el 15% de los gastos, entre otros, de los centros de educación infantil. Máximo: 250 euros por cada hijo
  • Asturias: te podrás desgravar hasta el 15% de los gastos en centros de educación infantil , con límite de 500 euros por cada hijo
  • Baleares: en esta comunidad autónoma te puedes desgravar los gastos de guardería en hijos de hasta tres años con un máximo de 660 euros
  • Canarias: también ofrece beneficio fiscal: en concreto, una deducción de hasta el 18% en los gastos de guardería para niños menores de tres años
  • Cantabria: 15% con un máximo de 450 euros por hijo
  • Castilla y León: permite desgravarte el 100% de los gastos de matrícula en centros infantiles y guarderías
  • Galicia: hasta el 30% de los gastos en escuelas infantiles con un máximo de 400 euros
  • Murcia: hasta el 20% para niños en Primer Ciclo de Educación infantil, con un máximo de 1000 euros por cada hijo
  • La Rioja: un 20% de estos gastos con límite de 600 euros por hijo
  • Valencia: hasta el 15% con un límite de 297 euros por hijo

¿Se puede desgravar el gasto de la guardería privada?

Te puedes desgravar los gastos de guardería tanto si se trata de guarderías públicas como privadas, que son las más habituales en nuestro país. De hecho, el único cambio que ha habido lo ha marcado el Tribunal Supremo que ha dictado dos sentencias que van en contra de la exigencia de la AEAT de que debían ser exclusivamente "centros de educación infantil".

Para el Tribunal Supremo, este es un requisito no establecido en la ley y además, es una limitación que restringe las opciones de las madres trabajadoras para poder disfrutar de esta deducción.

Por eso afirma que, cumpliéndose los demás requisitos legales, los gastos de custodia de menores de 3 años son deducibles, tanto si se pagan a guarderías como a centros de educación infantil.

A pesar de no ser una medida nueva, a mucha gente se le olvida que los gastos derivados de los libros y de la vuelta al cole (y los gastos de guardería) son deducibles en la Declaración de la Renta.

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